El Juzgado de Padrón debe decidir si abre juicio oral por el despido del gerente de la Fundación Cela.

Publicado por Redacción en

El Juzgado número dos de Padrón ha escuchado esta mañana en audiencia a las partes personadas en el procedimiento abierto por el abono de una indemnización de 150.000 euros por el despido en el año 2010 del director gerente de la Fundación Camilo José Cela de Iria-Flavia, por el que están investigadas cuatro personas por un presunto delito de malversación de caudales públicos: el propio Tomás Cavanna, la que entonces era presidenta de la entidad Marina Castaño, el expatrono Dositeo Rodríguez y su hija Covadonga Rodríguez, actual subdirectora de la entidad cultural.

La cita judicial, a la que solo han asistido los representantes legales de los investigados, tenía como finalidad formular si el Juzgado abre juicio oral por los hechos denunciados y si este se celebra en un juzgado ordinario o en la Audiencia Provincial, en este último caso con un Tribunal del Jurado, tal y como ha explicado el abogado Xosemaría Rodríguez, que ejerce la acusación particular en nombre de Lola Ramos, la vecina de Iria de la que parte de la denuncia.

Tanto Xosemaría Rodríguez como el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado han solicitado a la jueza la apertura de juicio oral y con jurado, según ha dicho el abogado. Este también se ha referido al «afán dilatorio» del procedimiento por parte de una de las defensas de los acusados, que solicitó nuevas pruebas para que se llame a declarar a los patronos que estaban en la fundación cuando se acordó el despido y la cantidad de la indemnización.

Por su parte, Evaristo Nogueira, representante legal de Dositeo Rodríguez y de su hija Covandonga Rodríguez, se ha ratificado en lo que viene diciendo en todo el procedimiento, de que «non hai indicios para a apertura do xuízo oral» y de que la operación del despido de Tomás Cavanna se hizo con «total e absoluta transparencia».

Para ello, el abogado se ha referido a dos «feitos positivos que corroboral a nosa tese», en alusión a que los «hipotéticos prexudicados» por el despido, la Xunta y la propia Fundación Cela, según ha dicho, no se personaron en la causa como acusación porque «non se sinten prexudicados», según Evaristo Nogueira, para quien ello avala la tesis de las defensas de que el despido se hizo «con total e absoluta transparencia e legalidade».

A mayores, el representante de Dositeo Rodríguez y de su hija, ha asegurado que esta causa no cumple con los requisitos de la Ley del Tribunal del Jurado por lo que ha solicitado el sobreseimiento de la misma y, de forma subsidiaria, que, de seguir adelante, lo haga en un jurado ordinario.

Esta defensa solicitó, además, que el Juzgado de Padrón llame a declarar a los patronos que estaban en la fundación cuando se hizo el despido, pero la jueza lo rechazó por lo que está recurrido en la Audiencia y pendiente de respuesta por parte de la misma. De aceptarlo, anularía la audiencia preliminar de hoy.

Evaristo Nogueira también ha explicado que tienen hecha una prueba «pericial moi municiosa» de un catedrático de Derecho Laboral que avala la cuantía de la indemnización abonada a Tomás Cavanna y que esta incluso podría ser «moito máis grande» si se decidiera en un Juzgado de lo Social.

A la espera de la resolución de ese último recurso de apelación presentado en la Audiencia, el Juzgado de Padrón deberá decidir en los próximos día si abre juicio oral o no y si el procedimiento sigue con Tribunal del Jurado o en un juzgado ordinario.

La Voz de Galicia


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