El TSXG falla a favor del Concello de Pontecesures y obliga a Constantino Taibo S.L. a ceder una parcela de 1.387 m2.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de emitir una sentencia favorable a los intereses del Concello de Pontecesures y que obliga a la empresa promotora Constantino Taibo S.L. a ceder al Ayuntamiento una parcela de 1.387 metros cuadrados para destinarla a zona verde. El TSXG rechazó el recurso de reposición interpuesto por la constructora contra una sentencia previa, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pontevedra, imponiendo además las costas del proceso a la sociedad mercantil.
El conflicto entre el Concello y Constantino Taibo se remonta al año 1994, cuando el gobierno local concedió licencia a la promotora para construir un edificio de 22 viviendas de protección oficial en el número 12 de la Avenida de Vigo. La licencia estaba condicionada a la cesión, por parte de la constructora, de la parcela trasera del inmueble, una cesión que nunca llegó a realizarse, por lo que el Concello decidió, en el año 2006, iniciar las acciones encaminadas a tomar formalmente el terreno. Así, se dictó una primera resolución sobre incumplimiento de las obligaciones urbanísticas y una segunda en la que convocaba a la mercantil para firmar el acta de entrega y recepción de los 1.387 metros cuadrados.

Ambas resoluciones fueron recurridas ante los tribunales por Constantino Taibo y sus argumentos fueron rechazados tanto por los juzgados de primera instancia como por el TSXG. En la última sentencia, que es firme y fue dictada en julio de este año por la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG, se desestima el recurso de apelación de Taibo, que alegaba defectos formales en la tramitación del procedimiento administrativo referente al a cesión de la parcela. Así, aludía a la omisión del trámite de audiencia, lo que le suponía ??indefensión?. El tribunal lo rechaza ya que el recurrente ??tuvo oportunidad de argumentar todo lo que consideró conveniente por vía administrativa? e incluso por vía jurisdiccional.

El TSXG hace suyos los argumentos que primero utilizó el Juzgado de Pontevedra en contra de las pretensiones de Constantino Taibo S.L. Aquel fallo inicial apuntaba que ??no parece que sea dable impugnar el condicionamiento de una licencia una vez ejecutada la obra, siendo además dicha licencia y sus condiciones un acto firme y consentido?, en tanto que no fue impugnado en plazo.

DIARIO DE AROUSA, 22/09/10

La permuta de la finca se debe considerar nula.

El equipo jurídico del Concello de Pontecesures está estudiando la forma de «tomar formalmente» la parcela puesto que, estando en litigio fue objeto de una permuta urbanística. Está transmisión debe considerarse nula ya que el terreno pertenecía al concello y no a Constantino Taibo S.L. como reconoce la sentencia del TSXG. El gobierno cesureño manifestó su satisfacción al conocer el fallo de los tribunales, ya que «siempre se adoptaron todo tipo de medidas na defensa dos intereses públicos», explica el concejal Luis Sabariz. Además hay que tener en cuenta que el tereno está integrado en el PERI nº1 y «resulta fundamental que o concello sexa titular desta parcela, por razóns económicas e dotacionais» explica el edil.

DIARIO DE AROUSA, 22/09/10

Denuncian al ex regidor por el envío masivo de SMS con el móvil de la Alcaldía.

Álvarez Angueira enviaba un SMS el día de la sesión de investidura, en junio de 2007.

El ex alcalde de Pontecesures, Manuel Luis Álvarez Angueira, no solo va a tener que responder ante la Justicia por los «gastos abusivos» de combustibles registrados en un vehículo municipal. Ahora también va a tener que dar explicaciones por la utilización presuntamente irregular de su teléfono móvil, despues de que el análisis de la factura parezca demostrar que nevió desde el teléfono móvil asignado a la Alcaldía miles de mensajes de texto (SMS).
Tanto en lo referido al empleo y pago del gasóleo como en lo concerniente al uso del móvil de la Alcaldía, los denunciantes consideran al ex alcalde responsable de un presunto delito de malversación de caudales públicos, de ahí que reclamen la intervención judicial para esclarecer los hechos.
Ambas denuncias parten de los concejales independientes Luis Ángel Sabariz Rolán y Alfonso Diz Villar, que durante el mandato de Álvarez Angueira 2003/2007 llegaron a formar parte de su gobierno, y que en las elecciones de 2007 se presentaron al frente del PSdeG-PSOE.
Tras aquella votación, Sabariz y Diz se negaron a dar el apoyo que Angueira necesitaba para seguir gobernando, y lo que hicieron en la sesión de investidura fue arrebatar la Alcaldía al BNG para formar un nuevo gobierno con la independiente María Isabel Castro Barreiro (actual alcaldesa) y tres ediles del PP.
Después de aquello fueron expulsados del PSOE y pusieron en marcha una campaña de fiscalización de la labor de Angueira que los llevó a denunciarlo por el gasto de carburante, y que ahora los lleva a pedir que se investigue por la vía judicial la utilización del teléfono móvil municipal.
En la querella, presentada ante el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Caldas de Reis, los denunciantes aseguran que «entre el 30 de diciembre de 2006 y el 20 de junio de 2007 aparece reflejado que se enviaron 1.248 mensajes de texto a un solo número», que los querellantes prefieren no hacer público.
Al parecer, «la mayoría de las veces son mensajes consecutivos, en espacio de minutos y en secuencias de 10, 15, 20 o más mensajes».
A modo de ejemplo manifiestan que «el 30 de diciembre de 2006, después de una llamada al número indicado, se enviaron entre las 18:28 y las 20:52 horas, un total de 39 SMS consecutivos», y advierten los denunciantes de que no es el único y «sorprendente» ejemplo.
Dado que la utilización de los mensajes de texto «no es método usual para tratar asuntos municipales»,y teniendo en cuenta que «casi todos fueron enviados en horario de tarde, fuera de la jornada laboral» los concejales no adscritos concluyeron que los SMS podrían no tener relación alguna con la gestión que se presupone a un alcalde.
Por ese motivo, el 31 de marzo de 2008 aprovecharon la presencia del nacionalista Álvarez Angueira en un pleno para pedirle explicación por el empleo de su teléfono cuando era alcalde.
Y el frentista replicó a Luis Sabariz a acudir a la vía judicial si consideraba que existió alguna irregularidad, pero declinó ofrecer más explicaciones ante la corporación.
Ahora Sabariz y Diz hacen caso a las recomendaciones del nacionalista y recurren de nuevo al juzgado. Lo hacen para argumentar también que «entre el 7 de mayo y el 20 de junio de 2007 se enviaron desde el teléfono de la Alcaldía 88 mensajes de texto (a un mismo número), resaltando también que la gran mayoría fueron consecutivos y entremezclados con los enviados al otro número, y todo indica que esos mensajes nada tienen que ver con la gestión municipal».
En la argumentación planteada ante el Juzgado de Caldas se alude a otro período muy concreto, como es el que va desde el 23 de abril al 14 de junio de 2007, pues se enviaron «74 mensajes más a un número, también consecutivos y entremezclados con el mismo número del caso anterior».
Al presentar la querella, que refuerzan adjuntando copia de la facturación total «donde se aprecia el envio de los mensajes», Alfonso Diz y Luis Sabariz pretenden que la justicia tome declaraciones al ex alcalde y que, a través de las operadoras de telefonía, determine la identidad del titular de los números de teléfono a los que Angueira enviaba el grueso de los SMS. Se habla, cabe resumir, de 1.248 mensajes de texto entre diciembre de 2006 y junio de 2007, 88 mensajes más desde el 7 de mayo al 20 de junio de 2007 y 74 SMS enviados desde el 23 de abril al 14 de junio de 2007. Es decir, 1410 mensajes enviados a tres terminales en un período de seis meses.

FARO DE VIGO, 21/09/10