El fiscal pide 20 años de cárcel para el asesino de la valguesa mari Luz Posse.

El Ministerio Público presenta su escrito de calificación y solicita que en el juicio oral se llame a declarar a diez personas, entre ellos a cuatro guardias civiles de Cambados

El Ministerio Fiscal acaba de presentar su escrito de calificación para el juicio contra el ex guardia civil Jaime Maiz Sanmartín, y en él solicita que el imputado sea juzgado por asesinato, y que se le imponga una condena de 20 años de prisión.

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Los Posse piden que que se obligue a Jaime Maiz una pulsera de localización.

Los abogados de la familia de la mujer asesinada preparan un recurso de apelación al auto firmado por Eva Armesto

La familia de María Luz Posse recurrirá ante la Audiencia Provincial de Pontevedra el auto de libertad provisional para Jaime Maiz que anteayer por la mañana dictó la juez de Cambados Eva Armesto. Así lo confirmó ayer uno de los dos letrados que asisten a la familia de la mujer asesinada en diciembre de 2007 por el ex guardia civil.

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Pontecesures en la Guerra de la Independencia: 400 dragones sobre el puente.

La acción de Padrón, sin embargo de su resultado por la práctica de los gefes en las entradas de aquel sitio, llena de gloria nuestros paysanos, y sus jurisdicciones unidas; fueron los de este cordon sin comer en todo el día. Llegados al puente Cesures, siempre encima de los enemigos, batieron y desalojaron la guardia del puente. Tenían los enemigos dos cañones en el hondo de la villa y embocados por la derechura del camino al puente; pero no haciendo el paysanage caso de sus tiros, aunque veían uno muerto por bala de cañon, se abanzaron hasta mas de la mitad del camino entre la villa y el puente, hasta que viendo el gran número de caballería (que ascendía de 400 caballos) que se echaba sobre ellos, se retiraron haciéndoles fuegos desde las alturas. En esta fuga se escapó cada uno por donde pudo, pereciendo algunos en los ríos, que por evitar la fuerza enemiga querían atravesar.
Enfurecidos los vándalos con estos insultos del Brigan de la montaña, procuraban saciar su rabia con quien encontraban. En este día hallando un hombre de la inmediación de la villa cerca de un francés muerto jpor un paysano en su fuga, lo llevaron arrastrando por las calles, le colgaron en el espolón de un álamo y banvoleándole en él, le chuzaban con los sables de punta, hasta que rasgó la rama, en que estaba colgado, y aun despues le atropellaron en el río con los caballos, habiéndole cortado primero los brazos, sin que las súplicas de la villa pudieses lograr la libertad. Es indecible lo que en esto padeció la Parroquia de S. Julian de Requeixo, de robos, muertes y violencias de mugeres, hubo casas en que mataron a 7.

Relato de «Orgullo, Gloria y Honor». La provincia de Pontevedra en la Guera de la Independencia de 1809.

Pontecesures en la Guerra de la Independencia: El ejército galo incendia Cuntis y saquea Caldas.

Los paisanos de Cuntis, bajo la dirección de Fr. Miguel, atacaron en varias ocasiones en los meses de marzo y abril de 1809, las patrullas francesas que de Santiago se dirigían a A Estrada por Puente Vea, lo que fue causa de aquellos pusieran fuego a la villa de Cuntis, que quemaron, así como su iglesia, reconstruída luego a costa del conde de Gimonde D. Pedro María Cisneros; y así los paissanos de Cuntis unidos a los de los actuales ayuntamientos de Pontecesures y Valga principalmente, ocuparon Pontecesures para provocar a los franceses que ocupaban Padrón y los batieron desde los montes próximos, ocasionándoles numerosas bajas, lo que dio también lugar a que las tropas napoleónicas ocupasen Caldas, la saqueasen e incendiasen muchos de sus edificios.

Relato del libro «Orgullo, gloria y honor». La provincia de Pontevedra en la Guerra de la Independencia en 1809.

Tres menores cumplen cinco fines de semana de arresto domiciliario por romper una valla.

Tres jóvenes, dos vecinos del municipio de Pontecesures y un tercero de Padrón, iniciarán próximamente el cumplimiento de cinco fines de semana de arresto domiciliario por un acto vandálico que cometieron en el año 2007, concretamente por romper una balaustrada del mobiliario urbano.

Los tres fueron condenados inicialmente por el Juzgado de Menores de Pontevedra a cumplir sesenta días de trabajos en beneficio de la comunidad o, en caso de no aceptar esta medida, la permanencia en su domicilio por un período de cinco fines de semana, cada uno de treinta y seis horas. Los menores presentaron un recurso de alzada ante la Audiencia Provincial, que lo rechazó y dio plena validez a la sentencia primigenia, por lo que ordenó el cumplimiento de la pena. Según fuentes próximas al caso, los jóvenes optaron por el arresto domiciliario que, al parecer, comenzarán a cumplir en los próximos días. Además, también tendrán que pagar, con la responsabilidad civil subsidiaria de sus padres, los 696,48 euros que costó la reparación de la balaustrada, propiedad del Concello.
Según recogía el fallo del Juzgado de Menores en los hechos probados, los tres menores, ??con intención de causar desperfectos, procedieron a empujar y balancear la balaustrada metálica existente a la altura del número 4 de la calle San Lois?. La barandilla cedió en sujeción en un tramo de unos 7,60 metros, cayendo a un solar sin edificar, situado a un metro de desnivel inferior, aproximadamente. Un agente de la Policía Local de Pontecesures presenció los hechos y testificó en el juicio contra los menores que se celebró en Pontevedra, siendo su declaración clave en la condena.

Errores en el fallo > La apelación presentada por los tres jóvenes ante la Audiencia pedía la revocación de la sentencia y la libre absolución de los jóvenes. El recurso alegaba que el fallo judicial contenía errores en el valor de la prueba e incumplía el principio de ??in dubio pro reo?; que indica que la sentencia debe ser siempre favorable al acusado en caso de que las pruebas presentadas planteen dudas sobre la veracidad de los hechos que se le imputan.

En este caso, las pruebas fundamentales fueron la declaracion de los tres menores y del policía que observó su conducta. Los primeros aseguraban que estaban apoyados en la barandilla y ésta cedió, sin que tuvieran intención de tirarla, un testimonio que contradijo el guardia municipal, que aseguró haber visto como zarandeaban la balaustrada.

El tribunal de la Audiencia Provincial de Pontevedra considera que la valoración que realizó el juez de menores a la hora de dictar sentencia es ??ajustada a las reglas de la lógica y ponderada en sus conclusiones?. En este sentido incide en que ??los menores imputados no vienen obligados por juramento o promesa de decir la verdad, a diferencia de lo que acontece con los testigos?, como en este caso el policía, que si llegara a mentir incurriría en un delito de falso testimonio, de ahí que considere lógico que el juez tomase como base el relato de los hechos del agente.

DIARIO DE AROUSA, 24/01/10

Una sentencia «razonable, lógica y ajustada».

el tribunal de la Audiencia Provincial de Pontevedra que se encargó de estudiar el recurso de alzada presentado por los jóvenes considera que la sentencia del Juzgado de Menores es «razonable, lógica y ajustada» a las pruebas por lo que concluye que no cabe aplicar el principio «in dubio pro reo», «por cuanto el juez no ha reflejado en su resolución la existencia de duda alguna en relación con los menores acusados y con su participación en los hechos en la forma que refleja el relato fáctico de la sentencia». Explica el fallo de la Audiencia que el juez «puede perfectamente valorar la prueba, esto es graduar la credibilidad de los testimonios que ante él se vierten y correlacionar toda la prueba, sentando la culpabilidad de los denunciados». En base a esos argumentos, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial pontevedresa decidió desestimar el recurso y dar por válida la sentencia inicial, lo uq obliga a los jovenes a cumplir la condena establecida.

DIARIO DE AROUSA, 24/01/10