Seis años sin saber quién mató a la asistenta del cura en la rectoral de Cruces.

Entre las investigaciones que tiene sin cerrar la Guardia Civil está el violento asalto a la casa rectoral de la parroquia de Cruces, en el municipio de Padrón, del que se acaban de cumplir seis años sin que se sepa quien asfixió a la asistenta del cura e hirió a este.

El santuario de A Escravitude, situado cerca de la vivienda rectoral, celebra hoy una misa en recuerdo de María Soto, que falleció por asfixia esa noche del 14 de septiembre de 2014. El cura, Ramón Barral, murió el 29 de marzo pasado a causa del coronavirus, por lo que no podrá ver si se hace justicia o no a su asistenta.

Vecinos de la parroquia lo dudan, a la vista de que, seis años después del asalto, nada más se sabe. Pero la Guardia Civil insiste en que «nós mantémolas investigacións abertas». Aquella noche del 14 de septiembre, tres individuos, uno de ellos encapuchado y armado, llamaron a la puerta con la excusa de que había una defunción en la parroquia. Pese a que el cura y la asistenta ya estaban en alerta por otros atracos, la mujer abrió y los asaltantes pegaron, ataron y amordazaron a los dos. Ella logró soltarse y gritar, y fue cuando le apretaron la mordaza hasta asfixiarla.

Para huir, los asaltantes se llevaron el coche del sacerdote que, días después, apareció en el lugar de Pontecesures, limítrofe con Padrón. Semanas después fueron detenidas dos personas como presuntas autoras de los hechos. Se trataba de un vecino de Boiro y otro de Noia, pero el Juzgado número dos de Padrón los dejó libres de cargos y sospechas en diciembre del 2015, cuando la jueza decretó el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones iniciadas, al entender que «no existen motivos suficientes para atribuir la perpetración de los hechos a persona alguna determinada».

Nada más se sabe del caso y muchos ya no esperan que se resuelva, aunque están seguros de que al menos uno de los atracadores no es de muy lejos y sabía que solo seis días antes, el 8 de septiembre, se había celebrado la festividad de la Virgen de A Escravitude, con el consiguiente donativo de los fieles. Así, lo que en principio iba a ser un simple atraco acabó con una muerte violenta, la de María Soto. Tenía 78 años, era natural de una parroquia de Vila de Cruces, en la comarca del Deza, y llevaba 26 trabajando de asistenta para el sacerdote, por lo que también era una vecina más del lugar, tal y como la recuerdan aún hoy en la parroquia de Cruces, que a raíz del asalto quedó conmocionada.

Los asaltantes apenas lograron llevarse nada ya que, según trascendió posteriormente, no encontraron el dinero de los donativos de la festividad. Desde el asalto, la casa rectoral permanece cerrada, porque Ramón Barral no volvió a residir en ella. Apenas ejerció unos meses más como párroco, ya que las heridas del asalto agravaron sus problemas de salud. Tras su fallecimiento en marzo, a los 83 años, la resolución del caso se complica un poco más, en parte, al no quedar testigos que puedan reconocer a los autores, en caso de que algún día llegue a haber detenciones.

La Voz de Galicia

Valga Viva pide la dimisión de una edil del PP condenada por agresión.

María Magdalena Isorna es la concejala de Turismo y Novas Tecnologías.

El suceso, según afirma la sentencia del Juzgado de Instrucción número uno de Vilagarcía, tuvo lugar el 23 de marzo del 2019. El fallo considera como hechos probados lo siguiente: «Sobre las 17.40, María Magdalena Isorna se aproximó en su vehículo al lugar de Camino de Cachopeiras donde se encontraba Flora Castiñeiras con su hijo José Antonio cortando un seto, y salió del vehículo iniciando una fuerte discusión verbal con Flora Castiñeiras, durante la cual le propinó un puñetazo en el lado izquierdo de la cara, ocasionándole un eritema, para cuya curación precisó además de una primera asistencia facultativa, 4 días de perjuicio personal básico y 1 día de perjuicio personal moderado». Apunta también que dos días más tarde, María Magdalena Isorna denunció unas amenazas supuestamente proferidas por Flora Castiñeiras.

En la sentencia, afirma la jueza que lo declarado por ambos testigos no ofrece la misma objetividad porque, apunta, el del hijo de Flora constituye «un relato coherente, sin vacilaciones y plenamente coincidente con lo relatado por la madre», mientras que la versión de los hechos dio la testigo que aportó María Magdalena Isorna no presenta «la misma contundencia y ofreció detalles que causan cierta perplejidad». Había una tercer testigo que, según se explica en la sentencia, realizó unas manifestaciones que «concuerdan con la descripción de los hechos de la denunciante».

La jueza también da mayor credibilidad a la versión de Flora sobre la de María Magdalena por la llamada que su hijo hizo a la Guardia Civil y por el diagnóstico que se le hizo después de la agresión en el que se recoge el estado de ansiedad de la agredida. La acusación también presentó unas fotografías en color

El fallo condena a María Magdalena Isorna a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de tres euros y a indemnizar a Flora Castiñeiras Gens con 180 euros en concepto de responsabilidad civil. Esta, a su vez, es absuelta del delito de amenazas que se le imputó.

El juicio, y el fallo, no pasarían de poco más de una anécdota si no tuvieran una connotación política, pero la condenada es concejala por el Partido Popular de Turismo, Novas Tecnoloxías y Escola de Música de la corporación valguesa, y Valga Viva ha salido a la palestra para pedir su dimisión. «Consideramos que na política non poder ter cabida este tipo de comportamentos e que as persoas que teñen cargos públicos deben ser exemplares», apunta su portavoz.

Valga Viva ha remitido una carta a la dirección provincial del Partido Popular, en la que le recuerda párrafos de los estatutos de la formación de la gaviota en los que se alude a la obligatoriedad de dar ejemplo en el cumplimiento de sus funciones y de abstenerse de cualquier conducta que pueda dañar la imagen de la organización a la que pertenecen.

El portavoz de Valga Viva adelanta que en el caso de que esta situación no se resuelva en los próximos días, su formación presentará en el pleno una moción de reprobación en la que el PP, asegura Manuel Castiñeiras, «terá que posicionarse a favor ou en contra do uso da violencia física por parte da concelleira contras as persoas en xeral, e contras as veciñas en particular».

El gobierno local

Esta Redacción se puso en contacto en la jornada de ayer con el gobierno local para que diera su versión de los hechos, pero el gabinete de comunicación del Concello de Valga apuntó que el alcalde afirmó que no se iban a efectuar ningún tipo de declaraciones sobre la sentencia.

La Voz de Galicia

La Guardia Civil desarticula una supuesta banda de tráfico de drogas en el Ullán.

Cinco personas han sido detenidas en Pontecesures, Valga, Padrón, Rianxo y Catoira – Les intervinieron cocaína, hachís y dinero que se supone procedía de la venta ilícita

Cinco personas han sido detenidas por un presunto delito de tráfico de drogas en la denominada operación «Perroso» dirigida por la Guardia Civil de Vilagarcía y con colaboración especial de los agentes del puesto de Valga.

Las primeras investigaciones se iniciaron a finales de 2018 bajo la dirección del juzgado de instrucción número 2 de Caldas de Reis y que permitió la realización de varias vigilancias y seguimientos directos a alguno de los actualmente detenidos.

Gracias a este trabajo, los agentes comprobaron que formaban parte «de un grupo perfectamente coordinado dedicado a la adquisición, distribución y venta de drogas en varias localidades del Baixo Ulla, en concreto Valga, Pontecesures, Catoira, Padrón y Rianxo.

El grupo recientemente investigado se encontraba formado por tres varones y una mujer con las iniciales J.D.P, varón de 29 años; R.G.C, varón de 36 años de edad; A.B.O. varón de 22 años de edad y la novia de este último E.M.R.D, de 25 años, con el que colaboraba de forma esporádica una quinta persona que no formaba, en principio, parte de la presunta organización criminal.

Anteriormente, en el mes de de febrero de 2019 se procedió en un conocido local de copas de la localidad de Pontecesures, a la detención de otro miembro de este grupo, un vecino de Padrón de 29 años de edad que fue sorprendido in fraganti en el interior del establecimiento comeiendo, supuestamente, un delito de tráfico de drogas, en el cual se le aprehendieron un total de 14 dosis de cocaína, cinco gramos de hachís y 375 euros en efectivo.

Las detenciones del resto de miembros del grupo se han llevado a cabo durante los meses de julio y agosto del presente mes, una vez que la Guardia Civil entendió que había quedado demostrada la relación, función, roles y actividad que cada uno de ellos llevaba a cabo dentro de la organización.

La operación para erradicar la venta de drogas en el Baixo Ulla se cerró con la detención de una quinta persona como supuesto autor de un delito de tráfico de drogas, un vecino de Rianxo de 24 años de edad y que responde a las siglas de A.D.A., el cual a pesar de que no formaba parte de la organización, suministraba de forma esporádica droga a alguno de los miembros de la misma.

Los detenidos han sido puestos en libertad con la obligación de comparecer cuando sean requeridos, ante el juzgado de instrucción número 2 de Caldas de Reis, encargado de instruir la causa.

Faro de Vigo

La Justicia obliga al Concello de Valga a readmitir y pagar a ocho despedidos del GES.

El PSOE, dirigido por María Ferreirós, denunció hace más de un año que la «campaña de acoso y derribo» ejercida por la Alcaldía contra los trabajadores del Grupo de Emergencias Supramunicipal (GES) podría salir muy cara a las arcas municipales. Y no le faltaba razón. El Juzgado de lo Social de Pontevedra acaba de dictar sentencia -cabe recurso- y obliga a la Administración local a readmitir a ocho de los empleados que despidió a fecha de 31 de diciembre de 2019, además de verse obligada a pagarles los salarios que dejaron de percibir desde entonces.

Este fallo judicial, que recuerda mucho al dictado hace años en favor de los trabajadores del Grupo Municipal de Intervención Rápida (Grumir) de O Grove, que condenaba también a la Administración meca y obligaba a incorporarlos en la plantilla, declara nulo el despido de los valgueses.

María Ferreirós, que da la enhorabuena a los miembros del GES que ahora deben ser readmitidos -salvo nueva sentencia que lo impida- ya había solicitado un pleno extraordinario -celebrado en abril de 2019- para pedir explicaciones al alcalde conservador José María Bello Maneiro «por las malas relaciones que mantenía con los trabajadores del GES».


«Falta de diálogo»

Ya entonces advirtió de que había que buscar el diálogo y una solución consensuada «para no perjudicar a los trabajadores ni a los vecinos», que en aquel momento ya estaban perdiendo un «servicio básico» ahora prestado desde el municipio vecino de Padrón.

Pero el regidor siguió adelante, «sin importarle los vecinos ni los trabajadores», y el alcalde «mantuvo su habitual tono descortés e incluso llegó a descalificar públicamente a la plantilla del GES, orquestando la vergonzosa campaña de acoso y derribo contra ellos», lamenta Ferreirós.

Añade que «el Concello -que ayer declinó pronunciarse- no quiso dialogar para solucionar el problema sin recurrir a la Justicia».adInnovador y discreto. Encuentra en GAES la solución que mejor se adapte a ti.Buscamos personas para probar gratis un audífono

El resultado «son más gastos para las arcas municipales, aunque insisto en que nos alegramos por la resolución y reclamamos que vuelvan a trabajar cuanto antes, con la profesionalidad que siempre tuvieron», espeta la líder socialista.

También va a preguntar el asesor jurídico municipal por la situación en que queda el Concello y los pasos que dio en este asunto.
Miembros del GES en una de las protestas. // Iñaki Abella


En la sentencia se aclara que con fecha de 13 de mayo de 2013 se firmó el convenio de colaboración entre la Xunta, Federación Galega de Municipios e Provincias y Diputaciones Provinciales en materia de emergencias y prevención y defensa contra los incendios forestales. Esto daba pie a la creación de los Grupos de Emergencias Supramunicipales (GES), firmándose en años sucesivos las correspondientes renovaciones.
 

Hechos probados

Entre los hechos probados que maneja la Justicia se hace constar que en el pleno ordinario de 29 de enero de 2016 se aprobó el convenio correspondiente al GES de Valga, con ámbito de actuación tanto en este municipio como en los de Pontecesures, Catoira, Caldas de Reis y Portas, disponiendo la cobertura de plazas mediante la modalidad de concurso oposición.
 
Fue así como entraron a formar parte de la plantilla los trabajadores el GES que presentaron la demanda tras ser despedidos, después de prestar servicios para el Concello de Valga mediante contratos para obra o servicio.
 
Su categoría profesional era la de peón forestal, con un salario prorrata de 1.163,56 euros y funciones como intervención en incendios forestales y urbanos en el ámbito territorial de su demarcación, empleando los vehículos de extinción disponibles de acuerdo con su operatividad.
 
También la intervención en situación de riesgo o emergencia para mantener la red de carreteras y sin ser responsables de su mantenimiento mediante su limpieza y retirada de objetos, especialmente en casos de accidente, utilizando para ello los materiales y medios necesarios.
Un Operativo participado por el GES. // Noé Parga


La sentencia reconoce entre las labores encomendadas a estos trabajadores la intervención en situaciones de riesgo naturales, como nevadas, inundaciones, heladas, lluvias intensas, seísmos, derrumbamientos, corrimientos de tierra, situaciones de sequía y similares.
 
Sin olvidar la colaboración e intervención en situaciones derivadas de riesgos inducidos por el hombre ni la colaboración con las autoridades competentes en materia de protección civil en casos de aglomeraciones de personas en lugares y momentos determinados.

Diferentes planes de emergencias

A esto se suma la colaboración y apoyo en cualquier situación que implique riesgos para personas, bienes y medio ambiente era otro de sus cometidos, así como la necesaria en las funciones correspondientes de los grupos de acción establecidos en los Planes de Emergencia Municipal (PEMUs), Planes de Actuación Municipal (PAM) y en los diferentes planes de protección civil de la comunidad autónoma previstos en la normativa legal vigente.
 
Del mismo modo, se encargaban de la intervención en incendios forestales en su ámbito de actuación bajo el mando único descrito en el Pladiga, dando prioridad a los trabajos de extinción de incendios forestales frente a las labores de prevención.
Intervención en un accidente ocurrido en la localidad. // Noé Parga


Igualmente, tenían encomendada la realización de actividades y el establecimiento de medidas preventivas que disminuyan o minimicen las situaciones de riesgos indicados en los apartados anteriores, junto a las demás materias de protección civil, emergencias y medio ambiente, servicios sociales, sanidad, culturales, educativas y deportivas.
 
La sentencia reconoce, asimismo, que los miembros del GES eran requeridos para colaborar en la defensa de incendios forestales declarados en otros ámbitos territoriales, dentro de la comunidad autónoma, sin perjuicio de la correspondiente indemnización por los gastos ocasionados.
 
No faltaba su participación en materia de prevención de incendios forestales o labores encaminadas a disminuir el riesgo de propagación y a minorar los daños, consistiendo esta misión en la gestión de la biomasa mediante la roza.


Inspección de Trabajo

El fallo judicial determina que como consecuencia de las denuncias presentadas por varios trabajadores, la Inspección de Trabajo emitió diversos informes. Y también que algunos trabajadores presentaron demanda y que uno de ellos permanece en situación de incapacidad temporal desde el 17 de octubre de 2018 por trastorno de ansiedad generalizado.

Alude, igualmente, a otros que fueron sancionados por la Administración local y a la celebración de repetidas reuniones entre el GES y el gobierno valgués tratar los temas de cuadrantes horarios y guardias del colectivo.
 
Así se llegó a diciembre de 2019, cuando el Concello comunicó a la Xunta su renuncia a seguir siendo la sede del GES, renunciando el de Caldas a asumirlas de forma temporal y acordando la comisión de seguimiento de los GES constituir uno en Moraña para dar cobertura a la comarca del Ulla-Umia.

Limpieza de una carretera tras un accidente. // FdV

Fue el 11 de diciembre de 2019 cuando se notificó a los trabajadores despedidos que demandaron judicialmente al Concello lo siguiente: «En relación con el contrato con fecha 1 de enero de 2019 y ante el vencimiento del mismo y dentro del plazo legalmente establecido, esta empresa le comunica que ante la imposibilidad de renovar el vínculo laboral causará baja en la misma el próximo 31 de diciembre de 2019 como consecuencia de la finalización del contrato».

Reclamación presentada en enero

Frente a esta decisión los demandantes formularon reclamación previa en fecha 27 de enero de 2020 pidiendo que se declarara la nulidad y, subsidiariamente, la improcedencia de la extinción de su relación laboral, que se identifica con la comunicación recibida el 11 de diciembre de 2019, manteniendo el Concello que no estamos ante un despido, sino ante una finalización del contrato de trabajo y que, en todo caso, no hay represalia de ningún tipo.
 
El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra señala que la concatenación de contratos, algunos de ellos desde el año 2013, es un dato relevante que apunta a la necesidad de su contratación de forma continuada, realizando las tareas relacionadas con emergencias de todo tipo expuestas en demanda y admitidas por el Concello por ser las que se contienen en los planes correspondientes.
 
Igualmente, la identificación de la obra es del todo genérica, al remitirse a los convenios firmados que en absoluto puede servir para justificar una temporalidad inexistente, debiendo de destacar que también está presente la nota de la subvención, describiendo la firmada en diciembre de 2018 una financiación mayoritaria a cargo de la Xunta y las Diputaciones.


Existencia de subvenciones

Se añade en la sentencia que para la validez del contrato temporal causal ha de tenerse en cuenta, junto con el dato de la existencia de la subvención, la concurrencia de los demás requisitos exigidos por el tipo legal, fundamentalmente, que la singularidad de la obra o servicio quedara suficientemente determinada y concreta, siendo doctrina reiterada la que mantiene que en ningún caso la existencia de una subvención se ha elevado a la categoría de elemento decisivo y concluyente de la validez del contrato temporal causal.
 
En este caso, el Concello de Valga puso de manifiesto sus alegaciones que «por causas técnicas y organizativas no se pudo renovar», circunstancia que no se contiene en la comunicación, esperando a las conclusiones para referir que el servicio es deficitario y estaría peligrando, apreciación que para ser coherente exigiría una actuación extintiva como la expresada.
 
Esgrime el magistrado que, precisamente para tratar de penalizar la contratación temporal sucesiva, y además con independencia de la presencia de ánimo defraudatorio y atendiendo simplemente al dato objetivo del número de contratos, la legislación determina que adquirirán la condición de trabajadores fijos los que «en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada».
 
El Juzgado de lo Social explica que tal precepto es de aplicación en este caso, con la particularidad que se contiene en la Disposición Adicional 15 del citado texto, en la que se dice que lo dispuesto en el artículo 15.5 es aplicable a las Administraciones públicas y sus organismos autónomos sin perjuicio de la aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.

Faro de Vigo

El padronés «Máximo Sar» fue nombrado este año Hijo Adoptivo de Caldas de Reis.

Maximino Rodríguez Buján, conocido por su pseudónimo de ‘Máximo Sar’ se convirtió en enero de 2020 en Hijo Adoptivo de Caldas de Reis tras el nombramiento realizado por el Pleno Municipal de la corporación. 

Con este título, señala el alcalde Juan Manuel Rey, se quiere reconocer a una persona que es admirada por sus servicios, su trabajo y sus obras, dejando un importante legado para Caldas de Reis, vila a la que siempre ha estado ligado.

Máximo Sar nacía en 1922 en el municipio de Padrón. Tras estudiar en Santiago de Compostela inició su carrera en la justicia municipal en el año 1951 cuando toma posesión de su cargo como juez en el Juzgado Comarcal de Caldas de Reis. Desde entonces, salvo por causas laborales, fijó su residencia en la villa.

Además de juez, Máximo Sar cuenta con una amplia carrera como escritor y periodista con más de un centenar de artículos publicados sobre Caldas y su comarca. Fundó la ‘Xuntanza Endovélica’ de la que formaban parte intelectuales caldenses, artistas y escritores. Además es miembro del Padroado Rosalía de Castro y socio de honor del Ateneo Caldense.

Desde el Concello se está preparando la edición de un libro con una selección de artículos periodísticos publicados por este autor en distintos medios y que cuentan con referencias a Caldas.

Peinan el Ulla y sus orillas en busca de los lancheros huidos y naves vinculadas al macroalijo.

Agentes por mar y aire rastrearon Catoira, Isorna y una  nave de Dodro usada antes por narcos. 

El helicóptero de la Guardia Civil en un rastreo de “Lince” | gonzalo salgado
El helicóptero de la Guardia Civil en un rastreo de “Lince”.

Los vecinos residentes a orillas del río Ulla asistieron ayer a un importante despliegue de medios policiales por tierra, mar y aire desarrollados en el marco de la operación Lince que evitó la entrada en Galicia de un macroalijo de 3,7 toneladas de cocaína. Fuentes conocedoras del caso indicaron que el dispositivo tenía por objetivo dar con el paradero de los lancheros de la embarcación que logró eludir la persecución policial del pasado sábado, así como a proceder al registro de inmuebles presuntamente vinculados a la organización. 

Rastreo del cauce 
Entre ellos estarían una nave que ya en el pasado fue vinculada al narcotraficante Manuel Abal Feijóo, Patoco. Sin embargo, no existiría conexión con el grupo de la operación Lince, pero, en opinión de los investigadores, la instalación, ubicada en Dodro, pudo ser punto de partida de los lancheros. No obstante, también se pudo ver a la embarcación de la Guardia Civil rastreando con atención los fondos del Ulla en las orillas más próximas a Catoira. Asimismo, un helicóptero estuvo sobrevolando después del mediodía, y muy bajo en algunos momentos, la zona de la calle Estación, donde se concentra el principal núcleo urbano de Catoira, y también el cauce del río.

Los vecinos de este municipio también detectaron la presencia de vehículos policiales, a parte de los dispositivos de gran calibre desplegados en los principales accesos a esta localidad; cubriendo todas las rotondas en todas las direcciones y preguntando exhaustivamente el destino de cada conductor tras su identificación. 

Cabe recordar que la operación Lince estalló el pasado sábado tras meses de investigación por parte de la Udyco de Policía Nacional y el EDOA de Guardia Civil, ambas de Pontevedra, con el apoyo de Vigilancia Aduanera. Continúa abierta y bajo secreto, pero el número de detenidos ya supera la media docena y estos días siete prestaron declaración por videoconferencia en el juzgado número 2 de Cambados, que decretó para ellos prisión provisional y sin fianza como investigados por un delito de tráfico de drogas en notoria cantidad. Entre ellos, están el isleño C.R.R., el vilanovés J.M.P, un hombre de nacionalidad peruana y cuatro vecinos de A Guarda, entre los que estaría el presunto cabecilla.

Diario de Arousa