Condenan a un conductor a seis meses de cárcel por morder un dedo a un agente de Policía de Pontecesures durante una riña de tráfico.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra acaba de condenar a un hombre, Jesús Senín Portas, a seis meses de prisión por un delito de resistencia a la autoridad y una falta de lesiones contra un agente de la Policía Local de Pontecesures, al que empujó y mordió en un dedo durante una discusión de tráfico.
Los hechos, por lo que la Fiscalía solicitaba 18 meses de cárcel por un delito de atentado y por la agresión, ocurrieron el día 8 de septiembre de 2008. Según recoge la sentencia, el ahora condenado mantuvo una discusión por motivos de tráfico con el agente Francisco Figueira, que se encontraba uniformado y en el ejercicio de sus funciones. ??Le dijo que fuera a tomar por el culo y que le denunciase si tenía cojones, intentando el acusado abandonar el lugar negándose a identificarse, de modo que el agente se puso en su trayectoria, momento en que el acusado lo empujó y le mordió en el dorso del dedo meñique de la mano derecha?, indica el fallo del Juzgado de lo Penal.

El magistrado da credibilidad al relato de los hechos ofrecido por policía durante la vista oral, puesto que coinciden con la versión de un testigo presencial. El agente explicó en el juicio que circulaba en la motocicleta oficial y observó como Jesús Senin bajaba de su vehículo, que había estacionado en un lugar prohibido. Le hizo señas para que continuase la marcha, pero el condenado le gritó ??vete a tomar por el culo, denúnciame si quieres?. El policía le requiere que se identifique, a lo que Jesús Senín se negó en reiteradas ocasiones y pretendía irse del lugar. El agente se lo impidió interponiéndose en su trayectoria y fue entonces cuando se produjo la agresión. Lo empujó y lo mordió en la mano derecha, momento en el que procedió a detenerlo e inmovilizarlo.

La versión de Jesús Senín difiere mucho de esta, pero el juez la considera ??inverosímil?. No sólo negó los hechos, sino que aseguró que desconocía que el denunciante era Policía Local, a pesar de que iba uniformado y en vehículo oficial. Le atribuye al agente una actuación ??totalmente arbitraria y caprichosa? ya que, sin ningún motivo, lo amenazó con sacar la pistola ­cuando el guardia asegura que no llevaba arma­, lo tiró al suelo y le puso los grilletes.

La sentencia, con fecha de 21 de septiembre, rechaza este relato y condena a Jesús Senín Portas a seis meses de cárcel por un delito de desobediencia a un agente de la autoridad.

DIARIO DE AROUSA, 26/09/10

Multa de 186 euros e indemnización de 150 al agente.

Además de la pena de cárcel, la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Pontevedra también condena a Jesús Senín Portas al pago de una multa de 186 euros (seis euros diarios durante un mes) por una falta de lesiones. En concepto de responsabilidad civil tendrá que indemnizar al agente de la Policía Local de Pontecesures en la cantidad de 150 euros. Según consta en el fallo, como consecuencia de la agresión sufrida, Francisco Figueira Herbón resultó con heridas que precisaron una única asistencia, tardando en curar seis días no impeditivos.

DIARIO DE AROUSA, 26/09/10

Condenado a 6 meses por desobedecer y morder un dedo a un policía pontecesureño.

El agente le recriminó un mal aparcamiento y el conductor le contestó con una respuesta «grosera»

Un vecino de Pontecesures, J.S.P., ha sido condenado a seis meses de prisión por un delito de resistencia a la autoridad y un mes de multa a razón de seis euros diarios por una falta de lesiones tras haberse enfrentado a un policía local que le recriminaba un mal aparcamiento.
La resolución acaba de ser comunicada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra, cuya magistrada descarta el delito de atentado a agentes de la autoridad como proponía el Fiscal y la acusación particular al entender que no ha habido un «acometimiento, ni empleo de fuerza o intimidación».
Los hechos a su juicio fueron espontáneos y consistieron en una grosera respuesta al agente que le invitaba a aparcar bien el turismo y la reacción del mordisco cuando el agente se le interpuso en su camino.
Los hechos ocurrieron a las 11,30 horas del 8 de septiembre de 2008, momento en que J.S.P. «mantuvo por motivos de tráfico una discusión con el agente de la Policía Local de Pontecesures F.F.H. quien se hallaba en el ejercicio de sus funciones, al cual le dijo que se fuera a tomar por el culo y que le denunciase si tenía cojones intentando el acusado abandonar el lugar negándose a identificarse, de modo que el agente se puso en su trayectoria, momento en que el acusado lo empujó y le mordió en el dorso del dedo meñique de la mano derecha».
Como consecuencia de la agresión, el policía resultó con heridas que precisaron una única asistencia tardando en cuarar seis días no impeditivos.
La juez que dictó la sentencia, Julia Monteagudo Limeres considera probado los hechos con base en el «testimonio firme y congruente del agente de la Policía Local, corroborado por J.M.T., persona ajena a los hechos que casualmente se encontraba en las proximidades del incidente.
Así, dice la sentencia, «el agente declara que circulaba en una motocicleta oficial cuando observó como el acusado detenía su vehículo y bajaba del mismo en un lugar donde no estaba permitido el estacionamiento». Por ello, se señala, «le hizo una señal de que continúe la marcha con intención de seguir el agente su trayectoria; sin embargo, al ver que el acusado le responde, le manda parar más adelante, le requiere que se identifique pero trata de irse».
Se agrega en la sentencia que para reducir al acusado fue necesaria la intervención de un agente de la Guardia Civil pues no se dejaba poner los grilletes.

FARO DE VIGO, 26/09/10

El TSXG falla a favor del Concello de Pontecesures y obliga a Constantino Taibo S.L. a ceder una parcela de 1.387 m2.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de emitir una sentencia favorable a los intereses del Concello de Pontecesures y que obliga a la empresa promotora Constantino Taibo S.L. a ceder al Ayuntamiento una parcela de 1.387 metros cuadrados para destinarla a zona verde. El TSXG rechazó el recurso de reposición interpuesto por la constructora contra una sentencia previa, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pontevedra, imponiendo además las costas del proceso a la sociedad mercantil.
El conflicto entre el Concello y Constantino Taibo se remonta al año 1994, cuando el gobierno local concedió licencia a la promotora para construir un edificio de 22 viviendas de protección oficial en el número 12 de la Avenida de Vigo. La licencia estaba condicionada a la cesión, por parte de la constructora, de la parcela trasera del inmueble, una cesión que nunca llegó a realizarse, por lo que el Concello decidió, en el año 2006, iniciar las acciones encaminadas a tomar formalmente el terreno. Así, se dictó una primera resolución sobre incumplimiento de las obligaciones urbanísticas y una segunda en la que convocaba a la mercantil para firmar el acta de entrega y recepción de los 1.387 metros cuadrados.

Ambas resoluciones fueron recurridas ante los tribunales por Constantino Taibo y sus argumentos fueron rechazados tanto por los juzgados de primera instancia como por el TSXG. En la última sentencia, que es firme y fue dictada en julio de este año por la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG, se desestima el recurso de apelación de Taibo, que alegaba defectos formales en la tramitación del procedimiento administrativo referente al a cesión de la parcela. Así, aludía a la omisión del trámite de audiencia, lo que le suponía ??indefensión?. El tribunal lo rechaza ya que el recurrente ??tuvo oportunidad de argumentar todo lo que consideró conveniente por vía administrativa? e incluso por vía jurisdiccional.

El TSXG hace suyos los argumentos que primero utilizó el Juzgado de Pontevedra en contra de las pretensiones de Constantino Taibo S.L. Aquel fallo inicial apuntaba que ??no parece que sea dable impugnar el condicionamiento de una licencia una vez ejecutada la obra, siendo además dicha licencia y sus condiciones un acto firme y consentido?, en tanto que no fue impugnado en plazo.

DIARIO DE AROUSA, 22/09/10

Denuncian al ex regidor por el envío masivo de SMS con el móvil de la Alcaldía.

Álvarez Angueira enviaba un SMS el día de la sesión de investidura, en junio de 2007.

El ex alcalde de Pontecesures, Manuel Luis Álvarez Angueira, no solo va a tener que responder ante la Justicia por los «gastos abusivos» de combustibles registrados en un vehículo municipal. Ahora también va a tener que dar explicaciones por la utilización presuntamente irregular de su teléfono móvil, despues de que el análisis de la factura parezca demostrar que nevió desde el teléfono móvil asignado a la Alcaldía miles de mensajes de texto (SMS).
Tanto en lo referido al empleo y pago del gasóleo como en lo concerniente al uso del móvil de la Alcaldía, los denunciantes consideran al ex alcalde responsable de un presunto delito de malversación de caudales públicos, de ahí que reclamen la intervención judicial para esclarecer los hechos.
Ambas denuncias parten de los concejales independientes Luis Ángel Sabariz Rolán y Alfonso Diz Villar, que durante el mandato de Álvarez Angueira 2003/2007 llegaron a formar parte de su gobierno, y que en las elecciones de 2007 se presentaron al frente del PSdeG-PSOE.
Tras aquella votación, Sabariz y Diz se negaron a dar el apoyo que Angueira necesitaba para seguir gobernando, y lo que hicieron en la sesión de investidura fue arrebatar la Alcaldía al BNG para formar un nuevo gobierno con la independiente María Isabel Castro Barreiro (actual alcaldesa) y tres ediles del PP.
Después de aquello fueron expulsados del PSOE y pusieron en marcha una campaña de fiscalización de la labor de Angueira que los llevó a denunciarlo por el gasto de carburante, y que ahora los lleva a pedir que se investigue por la vía judicial la utilización del teléfono móvil municipal.
En la querella, presentada ante el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Caldas de Reis, los denunciantes aseguran que «entre el 30 de diciembre de 2006 y el 20 de junio de 2007 aparece reflejado que se enviaron 1.248 mensajes de texto a un solo número», que los querellantes prefieren no hacer público.
Al parecer, «la mayoría de las veces son mensajes consecutivos, en espacio de minutos y en secuencias de 10, 15, 20 o más mensajes».
A modo de ejemplo manifiestan que «el 30 de diciembre de 2006, después de una llamada al número indicado, se enviaron entre las 18:28 y las 20:52 horas, un total de 39 SMS consecutivos», y advierten los denunciantes de que no es el único y «sorprendente» ejemplo.
Dado que la utilización de los mensajes de texto «no es método usual para tratar asuntos municipales»,y teniendo en cuenta que «casi todos fueron enviados en horario de tarde, fuera de la jornada laboral» los concejales no adscritos concluyeron que los SMS podrían no tener relación alguna con la gestión que se presupone a un alcalde.
Por ese motivo, el 31 de marzo de 2008 aprovecharon la presencia del nacionalista Álvarez Angueira en un pleno para pedirle explicación por el empleo de su teléfono cuando era alcalde.
Y el frentista replicó a Luis Sabariz a acudir a la vía judicial si consideraba que existió alguna irregularidad, pero declinó ofrecer más explicaciones ante la corporación.
Ahora Sabariz y Diz hacen caso a las recomendaciones del nacionalista y recurren de nuevo al juzgado. Lo hacen para argumentar también que «entre el 7 de mayo y el 20 de junio de 2007 se enviaron desde el teléfono de la Alcaldía 88 mensajes de texto (a un mismo número), resaltando también que la gran mayoría fueron consecutivos y entremezclados con los enviados al otro número, y todo indica que esos mensajes nada tienen que ver con la gestión municipal».
En la argumentación planteada ante el Juzgado de Caldas se alude a otro período muy concreto, como es el que va desde el 23 de abril al 14 de junio de 2007, pues se enviaron «74 mensajes más a un número, también consecutivos y entremezclados con el mismo número del caso anterior».
Al presentar la querella, que refuerzan adjuntando copia de la facturación total «donde se aprecia el envio de los mensajes», Alfonso Diz y Luis Sabariz pretenden que la justicia tome declaraciones al ex alcalde y que, a través de las operadoras de telefonía, determine la identidad del titular de los números de teléfono a los que Angueira enviaba el grueso de los SMS. Se habla, cabe resumir, de 1.248 mensajes de texto entre diciembre de 2006 y junio de 2007, 88 mensajes más desde el 7 de mayo al 20 de junio de 2007 y 74 SMS enviados desde el 23 de abril al 14 de junio de 2007. Es decir, 1410 mensajes enviados a tres terminales en un período de seis meses.

FARO DE VIGO, 21/09/10

Amplian la querella contra Angueira por supuesta malversación con datos de envíos masivos de SMS.

El ex alcalde Luis Álvarez Angueira ya tuvo que declarar como imputado por un presunto delito de malversación.

Los concejales no adscritos de Pontecesures, Luis Sabariz y Alfonso Diz, ampliaron la pasada semana la querella criminal que tienen presentada en el Juzgado de Instrucción número 1 de Caldas de Reis contra el ex alcalde de Pontecesures, Luis Álvarez Angueira, por un presunto delito de malversación de fondos públicos. Los nuevos datos puestos a disposición del juez se corresponden con el envío masivo de mensajes de texto desde el teléfono de la Alcaldía, durante el período en el que Álvarez Angueira estaba al frente del gobierno municipal.
Parte de estos hechos ya los habían denunciado públicamente los no adscritos tras perder Angueira el bastón de mando del Concello, en 2007, pero ahora se ven concretados en la querella. Los no adscritos hacen referencia, por ejemplo, a que entre el 30 de diciembre de 2006 y el 20 de junio de 2007 ­en los últimos meses de Angueira como regidor­, se enviaron desde el teléfono móvil de la Alcaldía un total de 1.248 SMS a un mismo número. Según se refleja en la facturación, el 30 de diciembre de 2006 se realiza la única llamada registrada al número en cuestión y, a partir de ahí, se suceden los mensajes consecutivos, ??en espacio de minutos y en secuencias de 10, 15, 20 mensajes o más?, explica la ampliación de la querella. Una de las tandas que se especifica es la del propio día 30 de diciembre, cuando se enviaron 39 SMS consecutivos entre las 18:20 y las 20:52 horas.

La querella también recoge envíos de mensajes de texto a otros dos destinatarios diferentes, si bien la cifra total es mas reducida. Así, entre el 7 de mayo y el 20 de junio de 2007 salieron desde el teléfono de la Alcaldía 88 SMS dirigidos todos al mismo número. Igualmente, entre el 23 de abril y el 14 de junio de ese mismo año, se enviaron otros 74 mensajes a un tercer número.

Para los ediles no adscritos todo hace pensar que ??semejante número de SMS no tenían nada que ver con la gestión? del Concello, ya que ??no es el método usual de tratar asuntos municipales? y casi todos los mensajes eran en horario de tarde, ??fuera de la jornada laboral?. Califican la situación de ??disparatada? e incluso en el Pleno de marzo de 2008, cuando Álvarez Angueira ya ejercía como portavoz de la oposición, le pidieron explicaciones. Su respuesta, recogida en el acta, fue que ??se consideran que hai algún tipo de irregularidade, teñen mecanismos para ir a onde consideren, á xustiza ou aos organismos que estimen?.

Y a la justicia es a la que deciden recurrir ahora Luis Sabariz y Alfonso Diz, al entender que estos hechos pueden ser constitutivos, presuntamente, de un delito de malversación de caudales públicos. Como diligencias a practicar para esclarecer lo sucedido solicitan al juez la declaración de Luis Álvarez Angueira y que se hagan gestiones con las compañías de telefonía móvil para conocer la titularidad de los tres teléfonos a los que se enviaron SMS y determinar la relación que pudieran tener con la gestión municipal.

DIARIO DE AROUSA, 21/09/10