El Concello de Valga recurrirá el fallo del caso del hombre incapacitado.

Publicado por Luis Angel Sabariz Rolán en

El alcalde de Valga, José María Bello Maneiro, anunció ayer que el Concello recurrirá la sentencia que lo condena a indemnizar a una vecina del municipio tras haber declarado nula la venta que el padre de esta realizó al Ayuntamiento de unos terrenos situados en Coto, y que se utilizaron en la construcción de una rotonda dentro del proyecto de seguridad vial de los los pasos a nivel del municipio.
Los asesores legales del Concello están ahora estudiando en qué términos se va a plantear este recurso pero, en todo caso, el alcalde avanzó que no se trata de discutir el fondo de la cuestión, es decir la legalidad de la compraventa, sino la cuantía que el Ayuntamiento debe pagar a la demandante. Esta quedó fijada en 5.043 euros, que ya fueron abonados, pero en el Concello consideran que ha habido «erros» y que la Audiencia Provincial calculó una indemnización demasiado elevada, de ahí que ahora traten de recuperar parte de esta cantidad.

Nulidad del contrato
El alcalde cree que si la hija del propietario de los terrenos, Elena López, hace pública ahora esta sentencia a través de los medios de comunicación es porque se le ha comunicado ya verbalmente las intenciones del Ayuntamiento, pues de otro modo, no se explica por qué salta ahora la noticia cuando la sentencia es del mes de octubre.
En esta se declaraba nulo el contrato de compraventa de una finca de 114 metros cuadrados por los cuales el Concello pagó 783 euros, a razón de de seis euros metro cuadrado. La nulidad viene dada porque, según establece el fallo, queda probado que el propietario no estaba capacitado mentalmente para realizar esta operación en el momento de firmar el documento, que asignó con su huella dactilar.
José María Bello Maneiro prefirió ayer no entrar en los detalles que rodean al caso -que calificó de «desagradable»- pero sí lanzó una pregunta al aire. «Se din que non coñecía os cartos, eu pregunto: ¿quen cobrou os 700 euros que se lle pagaron cun cheque que foi a seu nome?, ¿se estaba incapacitado, como cobrou?».
Según el informe forense al que alude la sentencia, el hombre en cuestión, que ya falleció, sufría un padecimiento que determinaba un estado de desorientación en el tiempo y el espacio, falta de memoria y déficit cognitivo.

LA VOZ DE GALICIA, 16/03/11


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